Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite cancelar hasta al 100% de tus deudas mediante una resolución judicial. 

Sin embargo, no es un cheque en blanco por lo que deberás cumplir con una serie de requisitos obligatorios para poder acogerse a esta Ley. Te los explicamos en este LINK.

¿Puedo cancelar todas mis deudas?

Si cumples los requisitos de la Ley de Segundad Oportunidad podrás cancelar mediante resolución judicial todas tus deudas dependiendo de tu caso.

Si únicamente tientes deudas privadas: entidades bancarias y financieras, comunidades de propietarios, empresas (telefonía, agua, luz, gas, etc) y particulares, podrás cancelar el 100%.

Pero si tienes deudas públicas: Hacienda, Seguridad Social, Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos … sólo podrás cancelar “hasta” 10.000€ por cada una de las administraciones. 

¿Cuánto tardan en cancelarte las deudas?

El trámite de la Ley de Segunda Oportunidad dura entre 3 y 9 meses dependiendo de las circunstancias personales de cada expediente y, de la carga de trabajo del Juzgado correspondiente.

¿Cómo saber las deudas que tengo?

Te lo explicamos todo en el siguiente LINK. Pero básicamente:

  • Contacta con las diferentes entidades bancarias y financieras con las que has contratado algún servicio financiero y pregúntales.
  • Realiza la correspondiente consulta en las bases de datos del CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) (CIRBE)
  • Comprueba si apareces en los ficheros de morosidad de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) y EXPERIAN.
  • Consulta si tienes deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

¿Puedo trabajar con la LSO?

, tanto autónomos como trabajadores por cuenta ajena pueden empezar o seguir trabajando durante el procedimiento LSO, siempre que cumplan con el requisito de insolvencia.

¿Puedo salvar mi casa?

La Ley de Segunda Oportunidad contempla que se liquiden ciertos bienes del deudor para hacer frente al pago de sus deudas. Sin embargo, la jurisprudencia ha fijado una serie de criterios que permiten salvar tu vivienda, si los cumples todos:

  1. Tu vivienda es tu residencia habitual y tiene una hipoteca asociada.
  2. Estás al día en el pago de la hipoteca.
  3. Lo que te queda por pagar de hipoteca tiene que ser superior al valor real de la vivienda.

Estoy casad@ en régimen de bienes gananciales

Si estás casad@ en régimen de gananciales, ambos cónyuges tendréis que acogeros a la Ley de Segunda Oportunidad.

Te lo recomendamos porque si tus bienes privativos no son lo suficiente para poder pagar la deuda contraída durante el matrimonio, tus acreedores podrán embargar las propiedades de la sociedad de gananciales.

Soy autónomo, ¿pierdo mi material de trabajo?

Si eres autónomo y te acoges a la Ley de la Segunda Oportunidad, podrás conservar aquellos bienes imprescindibles para el desarrollo normal de tu actividad profesional (maquinaria, vehículos de transporte o locales, por ejemplo)

Salir del ASNEF con la LSO

Cuando se cancelen tus deudas con la LSO, pediremos que te borren de los ficheros de morosos y puedas empezar una nueva vida libre de cargas y ficheros.

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