Cuánto te pueden embargar de la nómina: ejemplos explicados y calculadora
Salario Mínimo Inembargable (el otro SMI)
Cuando hablamos de SMI, podemos referirnos a dos cosas: el Salario Mínimo Interprofesional, que es la cantidad mínima que debe cobrar un trabajador en España, y el Salario Mínimo Inembargable, que es la parte del sueldo que está protegida ante un embargo. En este caso, ambos coinciden: el SMI es inembargable. El Salario Mínimo Inembargable 2026 está fijado en 1.221€ al mes en 14 pagas. Es importante destacar que esta cantidad se refiere al salario bruto, es decir, antes de aplicar retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, para calcular el embargo de salario se toma como referencia es el salario neto, que es la cantidad que recibe el trabajador.
Esto significa que si tu salario neto es inferior a 1.221€ en 14 pagas o 1.424,50€ en 12 pagas, legalmente no pueden embargarte nada de tu sueldo.
Sin embargo, si tus ingresos superan este límite, la ley establece diferentes tramos de embargabilidad del salario, aplicando un porcentaje sobre la parte que exceda el SMI.
Consejo:
Si tienes varias deudas, es recomendable hablar con abogado experto en la Ley de Segunda Oportunidad, para valorar qué opción es la más adecuada en tu caso.
Tramos para calcular embargo con 14 pagas
- Hasta 1.221€: Inembargable
- De 1.221€ a 2.442€ → Embargo del 30%
- De 2.442€ a 3.663€ → Embargo del 50%
- De 3.663€ a 4.884€ → Embargo del 60%
- De 4.884€ a 6.105€ → Embargo del 75%
- Más de 6.105€ → Embargo del 90%
Tramos para calcular cuantía embargable con 12 pagas
- Hasta 1.424,50 €: Inembargable
- De 1.424,50 € a 2.849,00 € → Embargo del 30%
- De 2.849,00 € a 4.273,50 € → Embargo del 50%
- De 4.273,50 € a 5.698,00 €→ Embargo del 60%
- De 5.698,00 € a 7.122,50 €→ Embargo del 75%
- Más de 7.122,50 €→ Embargo del 90%
Cuánto te pueden embargar de la nómina de 1.500 euros
Si cobras 1.500 euros al mes, una parte de tu salario podría ser embargada, ya que supera el salario inembargable 2026. Veamos cómo se aplica el cálculo de embargo de nómina en este caso:- Tramo 1 (hasta 1.221€): Inembargable.
- Tramo 2 (de 1.221€ a 1.500€): Se embarga el 30% de la diferencia.
- Diferencia: 1.500€ – 1.221€ = 279€.
- Embargo: 30% de 279€ = 83,70€.
Si cobras 1.500 €/mes, te embargarán 83,70€ y te quedarán 1.416,30€.
Ejemplo adicional para un salario de 1400 euros:
Si tu sueldo es de 1.400 € al mes, la diferencia respecto al SMI sería de 179 €, por lo que te embargarían 53,70 €.
No obstante, aquí puedes calcular tú mismo/a la cantidad embargada de tu salario y lo que te quedaría a final de mes:
Introduce tu salario neto mensual en euros (máximo 99.999,99 €).
€
Selecciona si cobras en 12 o 14 pagas al año.
Tu salario mensual es de: 0,00 €
Tramo 1 del SMI en 2025 NO embargable: 0,00 €
Cantidad total embargada: 0,00 €
Cálculo embargo nomina:
En este artículo tienes toda la información sobre nuestra calculadora de embargo salarial y cómo funciona.
Cuánto te pueden embargar de una pensión
El embargo salarial también puede aplicarse a las pensiones. Se puede embargar la pensión de jubilación siempre que superen el mínimo inembargable 2026. En este caso, el cálculo del embargo de la pensión sigue las mismas reglas que el de una nómina.- Si la pensión es inferior a 1.221€, no pueden embargarte nada.
- Si la pensión supera los 1.221€, se aplican los tramos de embargabilidad explicados anteriormente.
- Para una pensión de 1.300€, solo se embargaría el 30% de 79€ → 23,70€ de embargo.
- Con una pensión de 2.000€, se embargarían 233,70€.
Cuánto te puede embargar el juzgado de la nómina
Si tienes deudas judiciales, un juzgado puede ordenar un embargo de salario aplicando los mismos tramos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sin embargo, en algunos casos, el juez puede modificar los porcentajes en función de la situación del deudor.
Excepción importante: Si el embargo es por impago de pensión de alimentos, el juez puede ordenar un embargo incluso sobre cantidades que estén por debajo del SMI.
Asimismo, también existe la posibilidad de reducción en los porcentajes de embargo para deudores con cargas familiares que van desde el 10% al 15%. Lo que haría que pudieran embargarte menos salario.
Cuánto te puede embargar Hacienda de la nómina
Cuando la deuda es con Hacienda, el embargo de salario se rige por las mismas reglas establecidas en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Sin embargo, a diferencia de otros embargos, la Agencia Tributaria no necesita una orden judicial para aplicar el embargo y puede proceder directamente con la retención de los importes adeudados. Ejemplo práctico con una nómina de 2.500 euros: Si cobras 2.500€ netos y tienes una deuda con Hacienda, el cálculo del embargo se realizaría así:- Primer tramo (hasta 1.221€): Inembargable.
- Segundo tramo (de 1.221€ a 2.442€): Se embarga el 30% de la diferencia.
- Diferencia: 2.442€ – 1.221€ = 1.221€ → 30% de 1.221€ = 366,30€ embargados.
- Tercer tramo (de 2.442€ a 2.500€): Se embarga el 50% de la diferencia.
- Diferencia: 2.500€ – 2.442€ = 58€ → 50% de 58€ = 29€ embargados.
- Total embargado: 395,30€.
Para una nómina de 2.500 € netos, te embargan 395,30€ y te quedan 2.104,70€ para ti.
¿Cómo paralizar los embargos de salario?
Si tu salario está embargado y no puedes hacer frente a tus gastos, existen formas de reducir o eliminar la retención.- Alegar cargas familiares: Si tienes familiares a tu cargo, puedes solicitar una reducción del embargo de entre un 10% y un 15%.
- Negociar con el acreedor: En algunos casos, es posible renegociar la deuda para obtener un aplazamiento o una reducción del embargo.
- Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, porque permite cancelar deudas y levantar embargos, siempre que el deudor cumpla ciertos requisitos. Si te acoges a este procedimiento, puedes paralizar automáticamente el embargo de tu salario mientras se tramita la solicitud.
2 comentarios en «Cuánto te pueden embargar de la nómina: ejemplos explicados y calculadora»
Hola, en el ejemplo de 2500€, no deberia ser asi:
Primer tramo: 2500-1184 ( inembargables)= 1316, sobre estos 1316 se procede al embargo
2º tramo de 1184 a 2368, (si la cantidad sobre la que me pueden embargar es 1316),Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100. La cantidad 1316 entra en el 2º tramo, por lo tanto 30% de 1316=394,8.
2500€ de nomina- 394.8 de embargo= 2105,2 a cobrar
Buenos días, Enrique.
Entiendo tu razonamiento, pero hay un pequeño malentendido en la forma de aplicar los tramos del embargo. Te explico: según el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el embargo no se aplica directamente al total de lo que excede del SMI, sino que se calcula por tramos, aplicando un porcentaje diferente a cada tramo del exceso.
En el caso planteado, no debes aplicar el 30% sobre los 1316 (total de exceso), sino sobre los 1184 (cuantía adicional hasta el importe del doble del SMI). Luego, los 132 restantes entrarán en el siguiente tramo (50%).
Espero que así se entienda mejor el cálculo. ¡Un saludo y gracias por comentar!